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Sobre las víctimas del conflicto en La Habana

Comunicado
Por Delegación de Paz de las FARC-EP



Una vez celebrados los Foros Nacionales sobre Víctimas y divulgado lo ocurrido en estos, la Delegación de Paz de las FARC-EP quiere manifestar su preocupación por la idea que se está transmitiendo a la opinión pública y a la sociedad colombiana a través de distintas instituciones del Estado y de los medios de comunicación, sobre la realidad de las víctimas provocadas durante los más de 65 años que ya dura el actual conflicto colombiano.

Omitiendo manifestar los criterios que sobre victimización en Colombia tenemos las FARC-EP, ponemos de manifiesto los siguientes hechos objetivos que entendemos son compartidos por cualquier observador riguroso de la realidad colombiana y que deberían enmarcar cualquier debate sobre las víctimas del conflicto:

  • El actual conflicto colombiano es anterior a la existencia de las organizaciones guerrilleras, FARC-EP y ELN. La generación de víctimas en el conflicto es por tanto anterior a la existencia de las organizaciones que actualmente conversan con el gobierno nacional sobre el fin del conflicto.
  • En el caso concreto de las FARC-EP, esta organización es constituida en sus orígenes por campesinos víctimas de la violencia desatada en el campo colombiano a partir de los años 40 del siglo pasado.
  • Las estadísticas y estudios más rigurosos sobre victimización en Colombia ponen de manifiesto el perfil de las víctimas, los hechos victimizantes padecidos y los agentes de victimización. Cualquier discusión sobre víctimas que intente ignorar dicha realidad entendemos que no se correspondería con la realidad de las víctimas en nuestro país.
  • Las principales instituciones que han elaborado las anteriores estadísticas y estudios sobre víctimas, de forma continuada en el tiempo y rigurosa atendiendo a metodologías de investigación en ciencias sociales pacíficamente aceptadas por la comunidad académica internacional, son: la base de datos del CINEP “Noche y Niebla”, los informes sobre violaciones de derechos humanos en Colombia publicados anualmente por la Oficina en Colombia del Alto Comisionado para los derechos humanos de las NNUU, y las bases de datos del Grupo de Memoria Histórica
  • Las anteriores bases de datos e Informes coinciden en términos generales en los porcentajes de agentes victimarios y hechos victimizantes, siendo la realidad descrita la siguiente: El 75% de las violaciones a los derechos humanos y al DIH que han causado víctimas en Colombia son atribuibles a agentes paramilitares y agentes del Estado. Aproximadamente un 45% de las violaciones es atribuible a grupos paramilitares y un 30% es atribuible a agentes del Estado, fundamentalmente fuerzas militares y de policía. Respecto al restante 25%, aproximadamente un 17% es imputable a las organizaciones guerrilleras, y el 8% restante se imputa a agentes no identificados, narcotraficantes y organizaciones de delincuentes comunes.

Por lo anterior, los criterios que deben presidir la selección y escogencia de las víctimas que acudan a la Mesa de Conversaciones de La Habana para exponer lo relativo a su victimización, deben reflejar fielmente la realidad de las víctimas en Colombia, y por tanto debe recoger en la medida de lo posible la realidad descrita en los anteriores estudios, informes y estadísticas. Cualquier composición que difiera de lo anterior respondería a criterios de conveniencia política de las partes, pero en absoluto responderían a la realidad que sobre victimización ha padecido la sociedad colombiana.

Las FARC- EP hacemos nuestra la definición de víctimas establecida en los puntos 8 y 9 de la Resolución 60/147 de la Asamblea General de NNUU de fecha 16 diciembre de 2005:

“8. A los efectos del presente documento, se entenderá por víctima a toda persona que haya sufrido daños, individual o colectivamente, incluidas lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdidas económicas o menoscabo sustancial de sus derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que constituyan una violación manifiesta de las normas internacionales de derechos humanos o una violación grave del derecho internacional humanitario. Cuando corresponda, y en conformidad con el derecho interno, el término “víctima” también comprenderá a la familia inmediata o las personas a cargo de la víctima directa y a las personas que hayan sufrido daños al intervenir para prestar asistencia a víctimas en peligro o para impedir la victimización.

9. Una persona será considerada víctima con independencia de si el autor de la violación ha sido identificado, aprehendido, juzgado o condenado y de la relación familiar que pueda existir entre el autor y la víctima.”

Las FARC-EP no creemos adecuado construir un marco de debate sobre la realidad de las víctimas del conflicto colombiano que ignore lo anteriormente expuesto, o que rehuya aceptar las definiciones sobre víctimas formuladas por la comunidad internacional, y admitidas unánimemente por la comunidad jurídica internacional.

Por ello, entendemos que la metodología de participación de las víctimas en la Mesa de La Habana debe definirse atendiendo a los criterios que sobre hechos victimizantes son aceptados por las organizaciones de derechos humanos, las organizaciones internacionales y la comunidad jurídica internacional, evitando así cualquier manipulación o politización de las víctimas

Creemos que viene siendo urgente llevar a la práctica los criterios de selección de víctimas establecidos en el comunicado conjunto nº 39 de fecha 17 de julio de 2014 adoptado en la Mesa de Conversaciones, con el fin de no demorar la recepción de víctimas en La Habana. Comprendemos la demora que las instituciones encargadas de la selección de víctimas están teniendo en el proceso de selección conforme a los criterios establecidos en el citado comunicado conjunto nº 39, y pedimos que se concrete con el fin de que la Mesa pueda abordar lo relativo al último de los criterios establecidos por las partes, esto es: “La Mesa revisara el funcionamiento del mecanismo de selección en cada una de las visitas y hará las recomendaciones que sean necesarias”

Por lo anterior, entendemos que cualquier metodología de selección de las víctimas que deben ser recibidas en La Habana  debe responder, como hemos manifestado desde el inicio de este proceso, a los siguientes criterios:

  • Víctimas provocadas por agentes no combatientes: causadas por agentes políticos, económicos y sociales: Víctimas de abuso de poder. Víctimas provocadas en procesos de victimización colectiva a territorios y comunidades. Mega proyectos.
  • Víctimas de violaciones al DIH: utilización de sustancias químicas como el glifosato, homicidios de combatientes por fuera de combate, uso abusivo de la fuerza, artefactos explosivos y minas, ataques a la población civil, violencia sexual como arma de guerra, masacres, reclutamiento forzoso y de menores de quince años. 
  • Víctimas de violaciones a los Derechos Humanos: tortura, desapariciones forzosas, privaciones de libertad de civiles; persecución política, sindical, a dirigentes sociales y a defensores de los ddhh, genocidio político, ejecuciones extrajudiciales, asesinatos selectivos, detenciones arbitrarias.

  • Víctimas del desplazamiento forzoso y en el exilio
  • Combatientes afectados por el conflicto: prisioneros de guerra en poder de ambos contendientes; violaciones a los derechos de los combatientes fuera de combate. Daños provocados a los combatientes por infracciones del DIH

DELEGACIÓN DE PAZ DE LAS FARC-EP

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