Ir al contenido principal

Víctimas de la UP podrán demandar al Estado en cualquier momento

Noticia
Por El Espectador


El Consejo de Estado determinó que quienes hayan sido afectados por el exterminio de la Unión Patriótica podrán recurrir a los jueces cuando sea, independientemente de cuándo se cometió el crimen que los afectó. 

Para el Consejo de Estado, existen pruebas, jurisprudencia nacional y pronunciamientos internacionales para categorizar el exterminio de la Unión Patriótica (UP), un plan criminal caracterizado por asesinatos y desapariciones, como delito de lesa humanidad. Y por esa razón, las personas que se consideren víctimas de ese exterminio tienen la posibilidad de pedirle a la Fiscalía que lo declare así para que las investigaciones no tengan fecha de vencimiento. De igual forma, quedó claro que pueden demandar a la Nación, por sus acciones u omisiones, sin que exista una fecha límite para hacerlo. 

Así lo determinó el alto tribunal al estudiar la demanda que presentaron ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca Francisco Arteaga, expersonero de Cartagena del Chairá (Caquetá); José Heli Ortiz, su esposa Aura María Tique y sus cuatro hijos; Luisa Fernanda Osma y sus dos hijos el 2 de septiembre de 2014. Ellos diez argumentaron que se les debía ordenar tanto al Estado como a la Fiscalía que declarara "como delito de lesa humanidad el genocidio político perpetrado en contra de la dirigencia, militancia de la Unión Patriótica y sus partidos políticos aliados".

En ese momento, los demandantes señalaron que se debía declarar también que el "genocidio político perpetrado en contra del partido político Unión Patriótica" y del Partido Comunista había estado a cargo de la "acción y omisión del Estado colombiano", motivo por el cual la Nación (Presidencia, Fiscalía, Ejército, DAS, Registraduría, Policía y otros) debía ser condenada "a reparar integralmente a todos los sobrevivientes dirigentes y militantes de base o el colectivo Unión Patriótica sobreviviente". 

Para sustentar sus argumentos los demandantes, quienes también pidieron un acto de reconocimiento público de responsabilidad nacional e internacional, señalaron que asesinatos como el de Jaime Pardo Leal y Bernardo Jaramillo Ossa, entre unos 5.000 crímenes en total de la UP y el PC, así como al menos cuatro masacres (entre ellas la de Segovia) demostraban que los integrantes de esas colectividades políticas habían sido sin duda exterminados de manera predeterminada, con participación de agentes del Estado. 

El Tribunal de Cundinamarca, sin embargo, decidió no admitir la demanda entonces. Indicó que "era necesario precisar el marco temporal de los hechos, acciones y omisiones que sustentan el medio de control para efectos de contabilizar la caducidad". Los demandantes reclamaron que, en abril de 2013, la Corte Constitucional confirmó que los términos de caducidad eran más amplios para quienes pusieran demandas por desplazamiento forzado y que esa decisión aplicaba también para las víctimas de la UP. El Tribunal, no obstante, no cambió de parecer. 

Ahora, según la orden que le dio el Consejo de Estado el pasado 31 de marzo, es probable que esa determinación se reverse. Esta corporación le dijo al Tribunal que debe volver a revisar la admisión de la demanda de víctimas de la UP teniendo en cuenta que el criterio de "caducidad" no viene a lugar en este caso. El Consejo de Estado señaló que, en cuanto al caso de la UP, es claro que se trató de "un ataque sistemático o generalizado, constitutivo de crimen de lesa humanidad conforme al derecho y la jurisprudencia nacional e internacional".

"Es preciso aplicar un tratamiento de excepción a la caducidad del medio de control de reparación de las víctimas", dijo el Consejo de Estado. "Por tratarse de un caso en el que existen supuestas violaciones sistemáticas a los derechos humanos, puede deducirse que para efectos de admitir la demanda de la referencia no es necesario contar con las fechas exactas en las que se perpetraron algunos de los actos invocados en la demanda –homicidios, desplazamientos, masacres, entre otros-, pues conforme a los precedentes jurisprudenciales en los asuntos que involucren presuntas violaciones que constituyan crímenes de lesa humanidad, no es oponible la caducidad de la acción".

En palabras de esta corporación, que aprobó la ponencia del consejero Ramiro Pazos Guerrero: "Estos asuntos pueden ser juzgados en cualquier tiempo".

Comentarios

Entradas populares de este blog

“2021, el inicio de año más violento desde la firma del Acuerdo de Paz”: JEP

  Noticia Colombia 2020 La Unidad de Investigación y Acusación del Tribunal de Paz entregó el informe de monitoreo de riesgos de seguridad que revela que, entre el 1 y el 24 de enero de este año, se han presentado 33 enfrentamientos, amenazas y masacres, 18 hechos más que en el mismo periodo en 2020. Las amenazas de muerte a líderes sociales, los enfrentamientos armados entre fuerza pública y otras estructuras criminales y las masacres son los tres hechos violentos que más se han presentado en los primeros 24 días del 2021. Según una investigación del Sistema de Monitoreo de Riesgos de la Unidad de Investigación y Acusación, conocida como la Fiscalía de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), este comienzo de año ha sido el más violento desde la firma del Acuerdo de Paz. La UIA también reveló que cada cinco días está siendo asesinado un excombatiente de las Farc y cada 41 horas, un líder social. “Los resultados de este monitoreo son preocupantes: 14 enfrentamientos armados entr...

Acceso a tierras, un grave incumplimiento al Acuerdo de Paz

  Análisis Por María Méndez Colombia Soberana El Acceso a tierras es una necesidad primordial en Colombia y un punto fundamental en el Acuerdo Final de Paz firmado entre las FARC- EP, hoy Partido Comunes, y el Estado colombiano. A pesar de esto, la falta de voluntad Estatal y el incumplimiento gubernamental son alarmantes.  Foto tomada de Internet. Por Verdad Abierta  Sobre implementación lea: Implementación del Acuerdo de Paz, combate entre la simulación y la construcción de un nuevo país La tergiversación de los PDET, manipulación e incumplimiento Estatal Participación política, una apertura democrática a la que los poderosos no le quieren dar paso Los ataques a FARC, a la implementación del Acuerdo y la afrenta a las víctimas Exguerrilleros en Mutatá: Entre el desplazamiento forzado y la paz Garantías de Seguridad del Acuerdo Final: la implementación que puede salvar vidas El problema del acceso a tierras y la permanencia pacífica en ellas, fue uno de los detonantes de...

Excombatiente de las Farc fue asesinado en Antioquia

   Noticia Colombia 2020 La víctima es Juan Carlos Correa, firmante de paz de 35 años, quien, según informó la comunidad, había sido interceptado por hombres armados en el municipio de San Andrés de Cuerquia. La noticia se dio a conocer en medio de la Segunda Asamblea Nacional que adelanta el partido político FARC. En la noche de este sábado 23 de enero, se dio a conocer la noticia del asesinato del exguerrillero Juan Carlos Correa, quien fue encontrado sin vida en el municipio de San Andrés de Cuerquia (Antioquia), de donde era oriundo. Correa tenía 35 años, fue firmante de paz y se encontraba en proceso de reincorporación. De acuerdo con las primeras versiones, Vanessa Correa, hermana de Juan Carlos, notificó a las autoridades sobre el secuestro de su hermano, quien desapareció cuando conducía una motocicleta en la vía que conduce del corregimiento de Valle de Toledo al municipio de San Andrés de Cuerquía. La llamada se realizó luego de que pobladores de la zona vieran cómo ...