Noticia Por el Espectador Pese a varias críticas, el alto tribunal asegura que la Jurisdicción Especial de Paz es la entidad que legalmente está autorizada para revisar este tipo de procesos. Según la Corte Suprema, la JEP es la entidad con la potestad de revisar los pedidos de extradición de exmiembros de las Farc. Los casos de extradición de miembros de la exguerrilla de las Farc siguen dando de qué hablar. El de Jesús Santrich es, sin duda, el que más polémica ha causado pues levantó las primeras dudas de quién es la entidad que debe conocer las solicitudes de extradición de exmiembros de las Farc: si la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) o la justicia ordinaria. Una reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia le da el respaldo total a la potestad de la JEP en estos casos. Según el alto tribunal, la JEP es la jurisdicción “habilitada constitucional y legalmente para calificar y constatar” estos procesos, siempre y cuando los delitos por los que el ciud
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