Comunicado Por Delegación de Paz de las FARC-EP La Habana, Cuba, sede de los diálogos de paz, febrero 11 de 2016, año de la paz El ACUERDO GENERAL de La Habana de 2012 establece en su preámbulo que la construcción de la paz es asunto de la sociedad en su conjunto que requiere de la participación de todos, sin distinción. Por otro lado la Constitución Política de Colombia indica en su artículo 22, que esta es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento, y en su artículo 95 señala como un deber de la persona y del ciudadano, propender por el logro y mantenimiento de la paz. Los encuentros sostenidos por la Delegación insurgente en La Habana, están enmarcados en los términos de estos mandatos altruistas y cargados de profundo contenido humanitario. El comunicado de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz del 10 de febrero, en el que se amenaza con investigaciones por parte de las autoridades judiciales competentes a quienes se reúnan con la Delegació
La voz de los oprimidos