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Condenan a teniente de la Armada y seis infantes de marina por ejecución extrajudicial

Noticia
Tomado de Pacocol
Por Prensa Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo


A lo anterior arribó la Sala Penal del Tribunal luego de concluir que “la muerte del señor Flórez Cebero correspondió a un proceder de las autoridades contrario a su posición de garante, correspondiente a uno de los denominados “falsos positivos”. La mencionada Corporación Judicial afirmó también que: ‘se trata de la muerte causada a una persona en un marco específico, esto es, ’con ocasión y en desarrollo del conflicto armado.


La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena confirmó la condena a 31 años y 6 meses de prisión y 18 años de inhabilidad para ejercer funciones públicas, impuesta por el Juzgado Único Penal del Circuito Especializado de Cartagena de Indias D T. y C., en contra del Teniente de la Armada Nacional Carlos Andrés Rodríguez Rodríguez, por la ejecución extrajudicial del líder campesino Patricio Manuel Flórez Cebero, ocurrida en la vereda Tierra Grata en el municipio del Carmen de Bolívar, Montes de María, el 8 de febrero de 2007.


La sentencia proferida por el Tribunal también confirma la condena a 30 años de prisión y 15 años de inhabilidad impuesta a los infantes de marina Félix Díaz González, Nelson Delgado Cuadrado, Ramón Alonso Padilla Gamarra, Jair Alfonso Guerrero, Adolfo Polo Romero y Alfonso Zamora Ballestas, pertenecientes a la Infantería de Marina de la Armada Nacional, Patrulla Barracuda 3, Batallón de Contraguerrilla No. 1 de Corozal, Sucre.


A lo anterior arribó la Sala Penal del Tribunal luego de concluir que “la muerte del señor Flórez Cebero correspondió a un proceder de las autoridades contrario a su posición de garante, correspondiente a uno de los denominados “falsos positivos”. La mencionada Corporación Judicial afirmó también que: ‘se trata de la muerte causada a una persona en un marco especifico, esto es, ’con ocasión y en desarrollo del conflicto armado’”.


La Sala Penal del Tribunal reafirmó que dentro del proceso penal logró probarse que ese 8 de febrero, en horas de la mañana, Patricio fue asesinado por personal de la Infantería de Marina de la Armada Nacional al mando del Teniente Carlos Andrés Rodríguez, que dicho deceso fue ocasionado por las heridas provocadas por las armas de fuego de uso privativo de las fuerzas armadas, aun cuando no hubo ningún combate, y que pudo observar una manipulación de la escena del crimen por parte de los condenados al momento de realizar el levantamiento del cadáver de Patricio.


Desde el mismo momento del asesinato de Patricio Flórez, la comunidad de la vereda Tierra Grata buscó que hubiese verdad y justicia en este caso. Patricio, como todas las mañanas a las 5 am, salió montado en su burro con dos compañeros suyos y se quedó atrás, como acostumbraba, para recoger aguacates con un palo. Allí recibió los disparos que acabaron con su vida. Sus compañeros de viaje se percataron de lo ocurrido y fueron hasta la vereda a informarle al resto de la comunidad.


Entonces un grupo de más de 100 integrantes de la comunidad emprendió el camino hacia el lugar de los hechos para evitar la alteración de la escena del crimen. Allí los vecinos y amigos de Patricio recuperaron su silla de montar con rastros de sangre de la víctima, que se convirtió en prueba fundamental dentro del caso, y retuvieron temporalmente a uno de los oficiales de la Infantería de Marina, por lo cual varios de sus integrantes debieron enfrentar una acusación por secuestro, hurto y asonada que no avanzó por falta de pruebas.


Al respecto, la sentencia estimó: “eventos como, el no portar arma con la cual hubiese podido disparar, la presencia de manchas de sangre de la víctima en la silla de montar, y la prueba de disparos unidireccional” demostraron que no era posible la escena de combate que quisieron simular con el campesino asesinado.


El caso de Patricio Flórez es uno de los 388 documentados por el Banco de Datos del Cinep para el año 2007, año de mayor ocurrencia de estas ejecuciones extrajudiciales bajo la modalidad de falsos positivos, dentro de su informe “Colombia, Deuda con la Humanidad: 23 años de Falsos Positivos” en el que también señala que entre 2002 y 2009, en aplicación de la política de Seguridad Democrática, se presentaron 1200 de los 1741 casos del periodo.


La Fiscalía investiga 2.308 casos de homicidios cometidos por agentes del Estado que corresponden a 4.475 víctimas, y vinculan a 5.137 integrantes de la Fuerza Pública, según datos de la entidad a junio de 2015.


La verdad, la justicia y la reparación integral en los miles de casos de falsos positivos son una condición para alcanzar la paz estable y duradera. En tiempos en que se sientan las bases para construir un país en paz, urge también un cambio estructural en las Fuerzas Armadas para que hechos como estos no se repitan.

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