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Derechos integrales de las víctimas para la paz y la reconciliación nacional

Comunicado
Por Delegación de Paz de las FARC-EP
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En desarrollo de las propuestas mínimas sobre Derechos integrales de las víctimas para la paz y la reconciliación nacional, las FARC-EP presentamos las derivaciones 5, 6, 7, 8 y 9  correspondientes al desarrollo de la propuesta número 1 de “Esclarecimiento de la verdad histórica y de los hechos ocurridos durante el conflicto y de sus impactos sobre la población.

5. Conformación de la Comisión de Esclarecimiento y no Repetición (CENRE). Como parte del proceso de clarificación de la verdad y en reconocimiento de la especificidad histórica de la actual negociación entre las FARC-EP y el Gobierno Nacional, se procederá a la conformación de la “Comisión de Esclarecimiento y No Repetición”. La Comisión tendrá dos propósitos esenciales que definen al mismo tiempo el mandato:

Deberá contribuir a un entendimiento de la verdad del conflicto; profundizando en las causas y el origen del mismo. En ese sentido, deberá ofrecer a la sociedad en su conjunto y a las víctimas en particular una explicación amplia de lo sucedido a lo largo del conflicto.
Deberá ofrecer un conjunto de recomendaciones, consistente en las políticas, medidas, acciones y diseños institucionales requeridos para proveer las condiciones de no repetición, entendidas éstas en términos de la transición a un orden de la justicia social y la reconciliación nacional.
La Comisión realizará su trabajo durante un mínimo de tres (3) años. Concluido  su trabajo deberá presentar el “Informe final y de Recomendaciones”. La Comisión estará integrada por doce (12) miembros, preferiblemente colombiano(a)s de nacimiento, sin perjuicio de la participación de extranjero(a)s en número no superior a cuatro (4). La Comisión será de carácter independiente; tendrá autonomía plena para el desarrollo de su labor; sus integrantes deberán gozar de idoneidad, reconocimiento y compromiso con las causas de la justicia social y los derechos humanos. Aspectos relacionados con la estructura y el funcionamiento de la Comisión también serán acordados por las partes.

6. Compromiso de cumplimiento del Informe de la Comisión de Esclarecimiento y no Repetición (CENRE) y sus recomendaciones. El acuerdo político nacional para el esclarecimiento de la verdad incluirá el compromiso de cumplimiento del “Informe Final y de Recomendaciones” de la CENRE. Para tal efecto se conformará una Comisión de seguimiento y verificación que elaborará la agenda y el cronograma de las reformas estructurales e institucionales necesarias para la no repetición.

7. Reconstrucción y preservación de la memoria histórica del movimiento social y popular. Como parte del proceso de reconstrucción de la memoria histórica del conflicto y sus víctimas, se conformará el “Centro de la Memoria Histórica de los Movimientos y Organizaciones Sociales y Populares”. Su propósito principal consiste en recuperar y preservar la memoria de los movimientos y organizaciones políticas y sociales de las clases subalternas. Su diseño y puesta en marcha y administración estarán a cargo de manera conjunta por el Archivo General de la Nación, una Comisión Académica y las organizaciones de víctimas y de defensores de derechos humanos. Se abrirá el “Museo de los movimientos y organizaciones sociales y populares”, subordinado en sus tareas de diseño y conceptualización al mencionado Centro. Se proveerán los recursos de presupuesto a que hubiere lugar.

8. Reconstrucción y preservación de la memoria histórica de los movimientos guerrilleros. El “Centro de la Memoria Histórica de los Movimientos y Organizaciones Sociales y Populares” tendrá una sección especial dedicada a la reconstrucción y preservación de la memoria histórica de los movimientos guerrilleros que han existido a lo largo de la historia del país y tendrá igualmente una sección especial dedicada a la insurgencia armada. En su diseño participarán representantes de las organizaciones guerrilleras actuales. La adquisición y el acopio de fuentes documentales guerrilleras, así como la organización del archivo correspondiente merecerán especial atención.

9. Puesta en marcha de una Comisión específica para el esclarecimiento del fenómeno del paramilitarismo. Puesta en marcha de una Comisión de investigación específica para conocer la verdad sobre los nexos con grupos paramilitares de empresas, compañías transnacionales, gobiernos extranjeros, políticos y fuerzas políticas, iglesias e instituciones públicas y privadas. Se dará especial atención  al nacimiento, constitución, financiación, dirección, desarrollo y extensión de dichos grupos paramilitares. Todo ello en cumplimiento de lo establecido en el Punto 3, apartado 7 del Acuerdo General de La Habana 26 de agosto de 2012.

DELEGACIÓN DE PAZ DE LAS FARC-EP


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