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¿Se preparan acaso 500 órdenes de captura contra organizaciones sociales del Cauca?

Comunicado
tomado de Radio Macondo
Por Corporación Justicia y Dignidad

caucaindiena

En Colombia se habla con mucha frecuencia que los jueces, fiscales y procuradores en el ejercicio de sus funciones incurren en“yerros” o “interpretaciones equivocadas de la ley”, que a la postre vulneran los principios universales del debido proceso y del derecho de defensa de los procesados. Muchos critican ese proceder denunciando el absurdo, de ilegal y de farsa de la justicia. Pero no es así. La aplicación arbitraria de la Ley es la justicia verdadera que se aplica cuando se trata de investigar y juzgar a los de ruana y los opositores del Establecimiento, generalmente víctimas de montajes judiciales. A estos, no se les aplica ni siquiera las ya represivas y restrictivas normas procesales. Las reglas de juego se disponen y se imponen según los propios intereses políticos o militares debidamente calculados en cada proceso. No hay que olvidar que el propósito del modelo del Sistema Penal Acusatorio (Ley 906 de 2004), impuesto por los Estados Unidos, era flexibilizar los procedimientos penales para reprimir con eficacia las demandas sociales. Y ha sido todo un éxito. A menos de diez años de implementado, ha logrado hacinar en las cárceles a decenas de miles de pobres y opositores al régimen, en su mayoría en detención preventiva.

Esas reglas de juego ad hoc se vienen aplicando hace veinte meses a 27 campesinos, indígenas, personas del común y líderes sociales de los municipios de Miranda, Corinto, Caloto, Santander de Quilichao, Toribió, Guachene y Villarica, en el departamento del Cauca, acusados de concierto para delinquir agravado con fines terroristas y rebelión en un proceso adelantado por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Popayán, radicado 76520600018021002892.

En efecto, el artículo 344 de la Ley 906 de 2004, establece unos mínimos para la defensa: que la Fiscalía le descubra, exhiba o entregue copia de los elementos materiales probatorios de cargo. En este radicado, los abogados solicitaron de manera específica la entrega de los elementos de cargo contra sus defendidos, principalmente la información contenida en un supuesto disco duro extraible de 500 gigas, que fue hallado supuestamente en un operativo militar en zona rural de Jambalo Cauca. Elemento electrónico al que los mismos funcionarios judiciales certificaron no haber hecho cadena de custodia en el sitio de los hechos dados los combates en la zona; cadena de custodia que se efectuó posteriormente en batallón Codazzide Palmira.

No obstante, la Fiscalía, aplicando su procedimiento ad hoc, y sin haber argumentado ninguna restricción legal al descubrimiento, no cumplió con su obligación de descubrir ese elemento material probatorio, con el beneplácito de la Juez que tampoco lo excluyó. Es decir, estamos ante una prueba secreta que inhibe la defensa real y material de los acusados.

En la Audiencia Preparatoria de 25 de febrero de 2014, en lugar de exigir a la Fiscalía el descubrimiento de la supuesta información contenida en el disco duro de 500 gigas, como garantía mínima para que la defensa ejerza su rol, el Procurador 155 Judicial II de Popayán, CARLOS ALBERTO MEJIA YUSTI, justifica la negativa con las siguientes perlas:

“…ese disco duro de 500 gigas contiene una informacion que interesa mas alla del debate probatorio de este juicio. Ese disco duro ha sido indagado al menos en seis oportunidades en investigaciones distintas. Es que allí está la informacion de todo el sexto frente de las farc que son mas de quinientas personas y aquí solo estan involucrados 27… no estoy diciendo que los 27 sean miembros de las farc pero eso es lo que supuestamente dice ese disco y, entonces, qué tal, si aquí se formó un debate porque uno de los defensores dijo que se había hecho una solicitud a un cabildo o una gobernación [indígena] preguntando por una lista de personas simplemente si eran o no miembros de ese cabildo y él dijo que ya lo estaban colocando al escarnio publico. De donde sacaría la señora fiscal esa informacion?.

Que tal toda esa informacion, en una forma como se habla aqui, en una copia espejo, en manos de tantas personas, obviamente que había que preservarla.” (hora 1:57:00 del registro)

Es evidente la añoranza del inicuo personaje, de la justicia sin rostro, a la que en su momento el abogado Eduardo Umaña Mendoza, calificara “sin rostro de justicia”; perversa herencia de la “lucha contra el terrorismo”. Este Procurador, amangualado con la Juez y la Fiscal le está dando un carácter secreto, discrecional y clandestino a elementos materiales de prueba que obviamente deben conocer los acusados.

¿Que peligro representaría la copia de esa supuesta información en manos de los abogados de la defensa? Es sencillo. Que se sepa la verdad y se les caiga el montaje con su escaparate de mentiras.¿Cómo así que ni los propios abogados pueden tener acceso a una información que tiene tras las rejas a sus defendidos? ¿Cómo pretenden que ejerzan su defensa? ¿A cuales intereses “más allá del debate probatorio” del proceso se refiere el oscuro personaje? Es obvio que no se refiere a intereses jurídicos ni probatorios. Se refiere a intereses políticos y militares que debieran estar ausentes en un proceso judicial.

Claro, lo que el retardatario procurador está diciendo es que tienen en la mira a 500 personas en el departamento del Cauca de las cuales la Fiscalía ya solicitó 145 órdenes de captura en un tiempo record de tres horas (ver anexo) de las que ya tiene 27 privadas de la libertad en este proceso, y todas con base en un disco duro extraíble de 500 gigas secreto -para poderlo manipular por supuesto-.

Desde el principio fue evidente la militarización de este proceso penal. El hostigamiento previo de parte de militares y reinsertados a los procesados ha sido una característica, así como la celebración de las audiencias preliminares en brigadas militares. Por su parte Fiscales de la UNAT han tildado a los abogados defensores de “manejar discursos terroristas”, llegando incluso una fiscal de turno a agredir a una de las defensoras a través de agentes de policía judicial de civil. Además de tener que soportar los abogados defensores denuncias penales injustificadas de parte de una Fiscal y recibir insultos hasta del del susodicho Procurador quien ha calificado injustamente de dolosa la actuación de la defensa, por hacer uso, entre otros recursos, de la acción de tutela.

En consecuencia, la estrategia de judicialización a los líderes sociales y opositores cumple su función a cabalidad. Por un lado, se trata de generar en la opinión publica la percepción de que se está combatiendo a la insurgencia, mientras por la otra, se frenan los procesos organizativos de resistencia social. Recordemos también lo que significa el estigma de terrorista para la vida del imputado. El proceso penal al que es sometido el ciudadano, con las largas detenciones preventivas mientras dura el juicio, ya es en si mismo un castigo y un escarmiento para doblegarlo.

En este escenario ¿Cómo garantizar los derechos de los procesados? En principio, no dejándose atrapar dócilmente en esa espesa telaraña jurídica. Hay que trascender el estrecho corral judicial que pretenden imponer esas vacas sagradas de cuernos cariados y hacer que sus engendros los conozca la opinión publica. Por otra parte, esa espesa telaraña jurídica empezará a romper sus viscosos hilos con el peso indefectible de la conciencia clara de los afectados, sus familias, sus organizaciones y sus abogados.

Conciencia de que sus aprehensiones son consecuencia directa de haberse enfrentado como organizaciones y como pueblo a un régimen oprobioso, actitud que los debe llenar de orgullo. Por supuesto que esto también se logrará defendiendo a capa y espada los valores, los principios y las reglas del Estado Social y Democratico de Derecho.

Hacemos un llamado a las organizaciones sociales y de derechos humanos del Suroccidente del país a prepararse jurídica y políticamente para enfrentar la arremetida judicial diseñada por el Ejército Nacional y ejecutada por autoridades judiciales del Cauca con el visto bueno de la retardataria Procuraduría.

Hacemos un llamado a las organizaciones internacionales de derechos humanos para que adopten medidas urgentes que permitan detener las oscuras practicas judiciales que se están implementando en el departamento del Cauca que vulneran el debido proceso y el derecho defensa de los ciudadanos y que se avalan impunemente por procuradores judiciales como CARLOS ALBERTO MEJIA YUSTI .

CORPORACION JUSTICIA Y DIGNIDAD

Popayán, Cauca, 3 de marzo de 2014

Dirigir sus comunicaciones a:

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN, Presidente de la República

Carrera 8 No. 7 -26 Palacio de Nariño Bogotá

Fax. 5662071 Fax: (+57 1) 566.20.71

ANGELINO GARZÓN, Vicepresidente de la República

Carrera 8a No.7-57.

Teléfonos (57 1) 444 2120, 444 2122

Fax: (57 1) 596 0651

ALFONSO GÓMEZ MÉNDEZ

Ministro de Justicia y del Derecho

reclamos.minjusticia@minjusticia.gov.co

EDUARDO MONTEALEGRE

Fiscal General de la Nación

Diagonal 22B No. 52-01 – Bogotá, D.C.

Teléfonos: 570 20 00 – 414 90 00

contacto@fiscalia.gov.co, denuncie@fiscalia.gov.co

JORGE ARMANDO OTALORA, Defensor del Pueblo

Calle 55 # 10-32, Bogotá

Fax: (+571) 640.04.91

defensoria@defensoria.org.co

ALEJANDRO ORDOÑEZ MALDONADO

Procurador General de la Nación

Cra. 5 No.15 – 80F Bogotá D.C.

anticorrupcion@presidencia.gov.co , reygon@procuraduría.gov.co

OFICINA EN COLOMBIA DEL ALTO COMISIONADO DENACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS, Calle 114 No. 9-45 Torre B Oficina 1101

Edificio Teleport Bussines Park – Bogotá, Colombia

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