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Niñas y niños indígenas de Colombia están siendo víctimas de “genocidio”

Noticia
Tomada de Pacocol
Por Contagio Radio


Desde el ministerio de Salud se asegura que la tasa de mortalidad infantil asociada a la desnutrición aguda en el departamento de La Guajira aumentó un 50 % entre 2011 y 2015. Y aunque la media nacional de mortalidad infantil es de 18 sobre 1000 nacidos vivos, en regiones donde habitan las comunidades indígenas la cifra es alarmante, por ejemplo en Nariño donde están los awá, son 166 los niños muertos por cada 1000 y en el Cesar, donde viven los Yucpas es de 200.



“Lo que está pasado es un genocidio, es un holocausto, los niños no están muriendo por desnutrición, están siendo asesinados porque quienes tienen que tomar las decisiones no lo hacen y por que quienes tienen los recursos no los destinan a los niños, porque los papales priman por encima de los seres humanos”, expresa Chaparro, quien agrega que se trata de una responsabilidad conjunta y estructural que le compete a las entidades territoriales, los alcaldes, gobernadores, que deben incluir en el plan de desarrollo los planes de vida y salvaguarda de los niños, pero estos no están apareciendo en los planes de desarrollo.


Según la vocera de FUCAI, los jueces están negando las tutelas del derecho al agua, a las empresas no les interesa el ambiente ni las comunidades y la sociedad civil tiene parte de responsabilidad por la indiferencia y por haberse callado frente a lo que viene sucediendo hace años con la niñez indígena.



Acciones de corto plazo:


1.    Que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) no levante en La Guajira las medidas cautelares para la preservación de la vida y la integridad personal de los niños, niñas y adolescentes de los municipios de Uribia, Maicao, Manaure y Riohacha hasta tanto no sean garantizados los derechos al agua, a la alimentación y a la atención y cuidado pertinentes por parte de las entidades responsables y que esto se haga de manera sostenible y con verificación en campo.


2.    Que se implementen los planes de vida y salvaguarda como respuesta efectiva para proteger la vida de los pueblos indígenas exigida por la Corte Constitucional mediante Auto 004 de 2009.


3.    Que los órganos de control cumplan con la función de vigilar y sancionar de manera oportuna y eficaz a entidades y servidores públicos de los distintos niveles que omitan el cumplimiento de sus funciones en la garantía de los derechos de la niñez indígena.


4.    Que las entidades de control y las organizaciones de base exijan e inspeccionen que alcaldes y gobernadores incorporen en sus planes de desarrollo: los planes de vida y salvaguarda indígenas así como los programas y proyectos,  que beneficien de forma directa a la niñez indígena, siempre en concertación con las autoridades indígenas de las distintas zonas.


Acciones de mediano plazo:



5.    Que las entidades públicas encargadas de los programas dirigidos a la niñez indígena incrementen la cobertura y hagan efectivo el enfoque diferencial, fortaleciendo los gobiernos propios y administraciones locales en el marco del decreto autonómico 1953 de Octubre 7 de 2014.


6.    Que el ICBF asuma con mayor diligencia el rol de rector y articulador del Sistema Nacional de Bienestar Familiar para dar respuestas efectivas e inmediatas.


7.    Que la rama judicial forme y monitoree el ejercicio de los jueces en materia de garantía de derechos de los niños.


8.    Que el Estado Colombiano tome en serio su papel de protector del medio ambiente y que con base es estudios técnicos serios y consultas previas pertinentes controle de manera efectiva el accionar de empresas privadas dedicadas a la minería, a los hidrocarburos, y a la explotación de recursos del suelo y el subsuelo.


9.    Que la protección de las fuentes de agua y el acceso a la misma por parte de las comunidades prime sobre usos comerciales con intereses particulares.


10.    Que las acciones estén orientadas a la superación de la problemática en forma integral, estructural y articulada en los métodos de vida y salva guarda, en los planes de desarrollo de las entidades territoriales y que se cuente con indicadores de evaluación que permitan monitorear la superación efectiva de la inequidad y la exclusión de la niñez indígena y sus comunidades.

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