Análisis
Tomado de Kaos en la Red
Por Radicales Libres de Colombia
La protesta del año 2013 y de un paro agrario que aun no ha terminado, al que seguramente se sumara la lucha por la defensa del Territorio, tal como viene ocurriendo en la permanente amenaza de parte de la minería y en general de las locomotoras minero-energéticas, tiene que ver con la apertura econ
El pasado 5 de junio en la ciudad de Ibagué en el Departamento del Tolima, justo en el marco del día internacional del medio ambiente, se llevo a cabo la sexta marcha carnaval en defensa del agua, la tierra, la vida y contra la megaminería, en donde una vez mas se visibilizo la problemática de la exploración y la explotación minera en el Municipio De Cajamarca, perteneciente al mismo Departamento, del proyecto minero la Colosa que esta ejecutando la multinacional sudafricana Anglo Gold Ashanti. La Red de comités ambientales del Tolima, con presencia en diferentes municipios, es quien promueve esta marcha, en la que se muestran, entre otros la simbología del agua, la simbología de la comida y lo que es el Tolima con su vocación agrícola.
Las actividades de extracción minera han incrementado su participación en la economía colombiana durante los últimos años, pasando de representar el 1,8% del PIB (producto interno bruto) en el año 2000, a cerca del 2,7% del PIB en el año actual. Lo anterior refleja el afán permisivo del gobierno por generar ingresos a toda costa, sin evaluar, ni proyectar las consecuencias que trae esto a nivel social, ambiental y cultural, Señala Renzo García en el portal del Salmon Urbano de estudiantes de la Universidad del Tolima, agregando que actualmente el departamento del Tolima, se está viendo afectado por proyectos como el de la mina La Colosa, en jurisdicción de Cajamarca; donde Anglogold Ashanti, pretende extraer una gran cantidad de oro por medio de actividades y procesos que son nefastos para el ambiente.
Colombia es un País latinoamericano con un área equivalente a las áreas de España, Portugal y Francia combinadas y con 47 millones de habitantes, pero además es la tercera economía de mayor crecimiento en América Latina, en términos del PIB, después de Perú y Chile, es el Segundo país más biodiverso del mundo pues en su territorio existe una variedad de ecosistemas, que incluyen: Desiertos, selva tropical, bosque de niebla alto-andino, páramos y nieves perpetuas, a lo que se suma una amplia diversidad cultural: 102 pueblos indígenas, comunidades afrocolombianas y campesinas, habiendo sido la mayor productora de oro en Latino América de 1514 a 1937. Colombia es uno de los países más desiguales del mundo: índice GINI de 55,914 y el país con más personas desplazadas del mundo, incluso más que Syria, Iraq o Sudán. Lo señala el interesante informe alternativo acerca del proyecto de Minería de Oro de anglo Gold ashanti en el Municipio de Cajamarca, Departamento del Tolima que podrá ser descargado del articulo de presentación de este programa.
Quien así habla es el Profesor Renan Vega Cantor en el marco del “Foro Nacional, Comunicación, Realidad e Historia, Una discusión sobre la Movilización Campesina del 2013” llevada a cabo el 27 de mayo en la Universidad de Cundinamarca en la Ciudad de Fusagasuga. En Colombia los grandes medios cumplen su papel al servicio de mezquinos intereses, pero también de las redes sociales las luchas campesinas han echado mano visibilizando los desmanes y abusos de la fuerza publica.
Para Renan Vega Cantor, es claro que hay deudas con el campesinado de parte de las clases dominantes y del estado que se remiten a tiempos de la colonia, desde la llegada de los españoles. Deudas históricas acumuladas que tienen que ver con el monopolio de la tierra y el despojo de los territorios por medio de la violencia.
La protesta del año 2013 y de un paro agrario que aun no ha terminado, al que seguramente se sumara la lucha por la defensa del Territorio, tal como viene ocurriendo en la permanente amenaza de parte de la minería y en general de las locomotoras minero-energéticas, tiene que ver con la apertura económica y los tratados de Libre Comercio.
Para Constanza Vieira se comete un grave error, o muy seguramente se hace a propósito, de no dar a conocer las informaciones de las luchas sociales, como recientemente ocurrió con el avance del Movimiento campesino al ser reconocido por el Gobierno y los grandes medios, 24 horas después rvelar la información como una verdad a medias.
Jorge Enrique Botero señala que los medios de comunicación independientes, en caso de firmarse los acuerdos que se vienen adelantando en la Habana, estarán llamados a jugar un papel fundamental para la aclimatación, el cierre de las heridas y la convivencia basada en la tolerancia y el respeto. Las corporaciones mediáticas, propiedad de grandes conglomerados económicos, verán si se pliegan a los esfuerzos por salir de la larga noche de violencia y sangre que ha vivido Colombia.
Renan Vega dice que el País no entrara en ningún pos-conflicto, porque Colombia es un laboratorio extraordinario de protesta popular durante casi todo el siglo XX y nada de eso se va a solucionar al día de hoy con la firma de la paz.
Por su parte, Pablo Zolana, periodista del proceso Colombia Informa hablando sobre los riesgos periodísticos en medio del conflicto dijo, entre otras,“lo que sucede con los medios de producción en el plano económico también sucede con los medios de comunicación, que no son otra cosa que medios de producción de sentido: los medios hegemónicos son propiedad de esos mismos sectores dominantes, defienden sus intereses, pero predican un discurso que pretende otorgarle al periodismo un lugar neutro, de "obejtividad". La objetividad no existe de por sí, y menos aún puede existir en una sociedad de clases. Lo que se construye desde los medios (cualquiera que sean) son miradas sobre la realidad, y nuestra responsabilidad es que esas miradas sean honestas, fidedignas, rigurosas... pero nunca "objetivas", ya que, si esa fuera nuestra propuesta, estaríamos reproduciendo una matriz ideológica de pretendida universalidad e incuestionabilidad de nuestra mirada del mundo, criterios que, o son falsos como sucede en las sociedades burguesas, o conducen a totalitarismos como sucedió en los regímenes (burgueses o no) que se pretendieron portadores de una verdad universal, inamobible, y por lo tanto, inopinable. Nada más lejano de nuestra concepción ideológica de la comunicación. Por eso creemos que, desde el campo popular, también toca reconocer el lugar específico que ocupamos los medios populares de comunicación. No somos neutros, ni "objetivos" ni "independientes" (sí podríamos decir: independientes de los sectores del poder, pero no independientes en sí mismos), porque nuestros medios son parte de un proyecto popular y una ideología popular que busca responder a los intereses de las mayorías oprimidas. He allí el principal antagonismo con los medios privados de comunicación”.
http://www.colombiainforma.info/index.php/multi-category/cultura/162-medios-de-comunicacion/1413-nuevos-desafios-de-los-medios-de-comunicacion-popular
En la ciudadanía tolimense nace la esperanza de poder detener los efectos nefastos de la megaminería a cielo abierto, aplicando la constitución política de Colombia y diferentes leyes que ofrecen la posibilidad de poderlas implementar, dice en otro aparte Renzo García. http://elsalmonurbano.blogspot.com/2014/06/solo-con-la-accion-colectiva-de-las.html
Y para matizar mejor esta presentacion de “REPORTE COLOMBIA” pueden ustedes consultar los siguientes links.
http://elsalmonurbano.blogspot.com/2014/06/40000-tolimenses-se-manifestaron-en.html
http://elsalmonurbano.blogspot.com/2014/06/declaratoria-vi-marcha-carnaval-en.html
Y RECUERDEN……
Todos los sábados, “alternativa latinoamericana del Canada” http://alternativalatinoamericana.blogspot.com/ trasmite en español un programa de tres horas y en la primera hora del programa se transmite “reporte Colombia”, un programa de 30 minutos sobre el acontecer Colombiano, realizado por el colectivo “Radicales Libres”, que puede ser escuchado igualmente por CFRU.CA http://cfru.ca/ , a partir de las 5 PM hora colombiana, 6 PM hora Canadiense. Este sábado 7 de JUNIO, no deje de sintonizarse y escuche “Reporte Colombia”. También podrá ser escuchado o descargado en la pagina de “ivoox”
CARTA ABIERTA AL REGISTRADOR Y AL PUEBLO COLOMBIANO: EFECTOS JURÍDICOS DEL VOTO EN BLANCO SOBERANO
ResponderEliminarSeñor registrador nacional del Estado civil, ¡no siga mintiendo, desinformando y robándole derechos al pueblo colombiano!; como lo hace, ahora, cuando afirma: “En la segunda vuelta el voto en blanco no produce ningún efecto, que además tiene como único fin convocar a una nueva elección cuando este logra una mayoría absoluta”, (El Heraldo 27 de mayo). Ya en el pasado le robó al pueblo colombiano que quiere votar en blanco, los derechos que le dan los tratados internacionales de la ONU, de la OEA, la constitución y las leyes de Colombia (constitución artículos : 1, 2, 3, 13, 18,20, 22,40, 75, 258 parágrafo 1; leyes 1475 de 2011 y 996 de 2005), que le permitían acceder a la radio, a la televisión, pública y privada, a la franquicia postal, a vigilar todo el proceso electoral, antes durante y después de las elecciones del 9 de marzo y del 25 de mayo (tener testigos electorales, participar en los escrutinios, vigilar el sistema informático de la organización electoral, etcétera). Aunque usted desinforme, los efectos jurídicos, de esas normas se mantienen hoy, como un derecho del voto en blanco y de sus promotores, durante todo el proceso electoral: antes, durante y después del 15 de junio del presente año y los reclamamos en su totalidad.
Su avaricia de caco de derechos, no tiene límites y ahora, mendazmente, vuelve a repetir que el voto en blanco necesita una mayoría absoluta, sin decirle a la opinión pública, que es una mayoría simple, esto es, de un voto de más y que por estar mintiendo sobre este tema, fue que le puse una tutela, que ya fue seleccionada por la Corte Constitucional de Colombia (T-4.314.422)
Ahora, nos quiere robar el artículo tercero (3) de la constitución política de Colombia que dice: “la soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público.”; Cuyos efectos jurídicos y políticos reclamamos, recordándole de paso, que la constitución de Colombia es en primer lugar una constitución política. La soberanía es entonces el máximo poder político. Poder que le permite hacer la máxima ley, esto es, la constitución, pues no está limitado por ella, se coloca por encima de la ley, deja de ser sub lege para convertirse en supra legem.
El pueblo colombiano tiene la soberanía absoluta, perpetua, indivisible, inalienable e imprescriptible. La soberanía es un poder originario que no depende de otros. Es absoluta porque no está limitada por las leyes; al contrario, el soberano es quien tiene el poder para dar la ley, incluida la máxima ley que es la constitución, para modificarla, interpretarla y derogarla. Por medio de la ley, el soberano ata a todos los demás, los obliga, empero, él no queda atado ni obligado por la ley que da.
La soberanía es perpetua, porque no está limitada en el tiempo. Es perpetua porque aun que el soberano otorgue a otro un poder absoluto, por tiempo limitado, puede revocar ese poder aun antes del plazo concedido. La soberanía es indivisible, como consecuencia del principio de lógica formal de no contradicción, que enseña que las cosas no pueden ser y no ser al mismo tiempo: no se puede ser titular de un poder absoluto y perpetuo excluyente y aceptar junto a él otro soberano con las mismas calidades.
La soberanía es inalienable e imprescriptible ya que el poder político cumple una función pública, no privada y por lo tanto es indisponible; de manera tal que soberanía y propiedad son dos tipos diversos de posesión del poder: el imperium (del soberano) y el dominium (del propietario). Todos los atributos de la soberanía pueden resumirse, desde Jean Bodin en uno solo: El poder de dar leyes a todos en general y a cada uno en particular, de anularlas, de interpretarlas y enmendarlas. Este poder comprende los demás atributos de la soberanía de modo que hablando con propiedad, puede decirse, que solo existe este atributo de la soberanía, y que todos los demás están comprendidos en él. Como consecuencia lógica de lo anterior, el principal atributo de la soberanía, es el poder para dar la constitución; esto es el poder constituyente, su principal y más importante atributo.
ResponderEliminarSieyes, el gran arquitecto, del poder constituyente, planteó acertadamente la cuestión, cuando al discutirse la primera constitución escrita francesa manifestó: “Una constitución supone, ante todo, un poder constituyente". Sus bases fundamentales son: a) El sujeto titular del poder constituyente es el pueblo; b) el pueblo soberano no está sometido a la constitución: esto implica: b1) el pueblo soberano no está sometido a ninguna forma de derecho positivo y; b2) el pueblo soberano puede darse la forma que quiera; c) La constitución es para el gobierno, no para el pueblo soberano; d) El gobierno (ejecutivo, legislativo, judicial, órgano de control, etcétera) son poderes constituidos, no poderes constituyentes, y por lo mismo sometidos a la constitución; e) el pueblo constituyente, en momentos de crisis, como los que atraviesa actualmente Colombia, debe ser siempre consultado, como árbitro supremo que es, y, si no pudiesen serlo todos los ciudadanos, deben serlo, a través de una representación extraordinaria, que obra en virtud de mandato extraordinario y puede tener el poder constituyente soberano; f) La constitución es un medio para un fin: proteger los derechos del individuo. La protección de estos derechos, es la razón de ser de la organización política.
La soberanía y su principal atributo el poder constituyente, es revolucionario; es un acto revolucionario que adquiere su mayor significación en los períodos de crisis". Ya Rousseau había señalado como al pueblo soberano no se le podía oponer ninguna ley, ni siquiera el propio pacto social: " Para el soberano (el pueblo), no es obligatoria ninguna ley, ni siquiera el pacto mismo (la constitución) "no hay ni puede haber ninguna especie de ley fundamental obligatoria para el cuerpo del pueblo, ni aún el mismo contrato social". . Las características del poder constituyente son: poder supremo, originario (no derivado), eficaz, revolucionario (creador). Es un poder supremo porque no existe por encima de él ningún poder constituido, ni siquiera el poder de la constitución. Es un poder originario porque no encuentra su justificación en el orden jurídico anterior, y en esto se diferencia del poder de reforma de la constitución, que es un poder derivado de la propia constitución; el poder constituyente por el contrario normalmente se opone al orden jurídico existente, lo combate y lucha contra él; se fundamenta en un orden superior al positivo (justicia social, libertad e igualdad, etcétera) y cuando logra el poder político, instaura un orden jurídico diverso del que venía rigiendo; comenzando por una nueva constitución y se legaliza a posteriori.
(...)
El poder constituyente es un poder revolucionario ya que su función no es conservar el orden sino modificarlo radicalmente, en esto se diferencia del defensor de la constitución, cuya función es conservarlo; el poder constituyente tiene una función revolucionaria, en cambio, el guardián de la constitución, tiene una función conservadora.
ResponderEliminarCONSECUENCIAS
El efecto jurídico del artículo tercero de la constitución, es que el pueblo soberano y constituyente, puede recuperar su soberanía en cualquier momento y en ese momento puede ser el 15 de junio del presente año, de la forma que lo quiera y esa forma puede ser votando en blanco contra los dos candidatos que no representan al pueblo soberano. Otro efecto jurídico del artículo tercero, es que al pueblo soberano y constituyente no puede oponérsele ningún poder constituido como lo son: el registrador, el Congreso, el presidente, las Cortes, etcétera y si cometieren la osadía de hacerlo, como el registrador lo ha hecho, debe prevalecer el pueblo soberano.
Otro efecto jurídico, del pueblo soberano y constituyente, es que los poderes constituidos no son más que subalternos del pueblo, subordinados a él, dependientes y vasallos suyos; y, que en caso de conflicto entre el soberano y el súbdito, prima la voluntad del superior, en este caso del pueblo, que puede revocarlos en cualquier momento. Y si esto puede hacerlo el pueblo, con todos los poderes constituidos, incluido el presidente de la República, con mayor razón puede hacerlo sobre dos candidatos a la presidencia de la República, que no son ni siquiera poderes constituidos, sino apenas, aspirantes a poderes constituidos.
De manera que si el 15 de junio el pueblo soberano, decide votar en blanco y el voto en blanco obtiene un voto de más que los dos candidatos a la presidencia la República, estos habrán quedado ilegitimizados y están obligados a renunciar. Puede también el pueblo soberano y constituyente, en ejercicio del artículo tercero de la constitución y como efecto jurídico de él, dar también el 15 de junio la orden de abrir un proceso constituyente, soberano, por una paz grande con justicia social; esto es, con más derechos para los colombianos. Por esta razón es que proponemos votar el 15 de junio, otra vez en blanco y junto con nuestro voto introducir una papeleta por una constituyente soberana (no una simple reforma de la constitución); para declarar ilegítimos y revocar a los dos candidatos que no representan al soberano pueblo colombiano y abrir el proceso constituyente por la paz con justicia social.
Como efecto jurídico del artículo tercero de la constitución, del pueblo soberano y constituyente, es que no es cierto que el 15 de junio tengamos que escoger entre Santos y Zuluaga; entre el cáncer y el sida; entre dos males; cuando podemos escoger un bien rechazándolos a los dos con el voto en blanco, en ejercicio de nuestra soberanía, recuperar nuestra soberanía y nuestro poder constituyente, volviéndolos ilegítimos a ambos y abriendo el proceso de una constituyente grande.
(...)
Seguimos creyendo que el voto en blanco es una verdadera revolución pacífica, ya que nos permite sin violencia, con un sólo voto de más, barrer a la clase política colombiana, con todos sus vicios de corrupción explotación y falta de nacionalismo, en un sólo día, el 15 de junio; y quiero recordarle señor registrador, que lo que usted dice, que el voto en blanco no produce efectos, es lo mismo que se ha dicho de toda revolución: que son ilegales, que no pueden hacerse; mentira que se pone en evidencia cuando las revoluciones se hacen; y a partir del momento en que se hacen, quienes no producen efectos jurídicos son las instituciones que se le oponen como la registraduría.
ResponderEliminarDespués del 15 de junio, cuando el pueblo soberano y constituyente, haya recuperado su soberanía; expulsado esos dos candidatos con todos sus vicios, los que no podrán seguir produciendo ningún efecto jurídico, serán usted y poderes constituidos como los que usted representa, ya que le revocaremos el mandato, para que no puedan seguir hurtándole derechos al pueblo.
Precisamente porque somos amigos de la paz, es que queremos una paz grande y decimos no a la guerra de Uribe o a la paz de los sepulcros de Santos. Nuestro derecho a LA PAZ, no es una gracia del gobierno ni de las guerrillas, “es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento” que nos dio a todos los colombianos nuestra Constitución Política en su artículo 22, y como sociedad civil no renunciamos a él, como no abdicamos de los otros derechos, pues EL VOTO EN BLANCO tiene el poder como expresión de la sociedad civil, de defender los demás derechos de todos los colombianos, aún aquellos que no se discuten en La Habana.
Quienes votamos en blanco, no somos enemigos de la paz, ni amigos de guerrilla alguna; somos pueblo a quienes nos ha negado los derechos, a quienes los violentos dentro o fuera del Estado, nos robaron también el magno derecho a la Paz genuina. No somos causa de la violencia, somos víctimas de esta. Anhelamos una Paz grande, Paz con justicia social, y cuando decimos JUSTICIA SOCIAL decimos PAZ con derechos humanos. Quienes estamos inconformes con la corrupción endémica, la falta de salud, de trabajo digno, de educación, de tierra para los campesinos, de acceso efectivo a la vivienda, indignados con la discriminación contra las mujeres, los indígenas, los afro colombianos etc., queremos hacer realidad esos derechos para todos los colombianos; tenemos absoluta certeza que esa PAZ GRANDE, no nos las da, ni Santos ni Zuluaga.
¡Pueblo soberano y constituyente de Colombia, el 15 de junio no estás obligado escoger entre dos males; escoge un bien, vota en blanco y recupera tu soberanía!
Jaime Araujo Rentería
Bogotá D. C., junio 2 de 2014
Porras Nadales, Antonio. "Notas sobre la teoría del poder constituyente y la experiencia española. Revista de Estudios Políticos (nueva época). Num. 24, noviembre-diciembre 1.981, Madrid, España, pág. 177.
Rousseau, Juan Jacobo. Contrato social, pág. 24.