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Tomado de CM&
En una sentencia cuestionó a la Procuraduría por intentar dar valor de sentencia a sus decisiones.
La Procuraduría General impuso 12 años de inhabilidad a Ana Isabel Gil, ex gerente del Instituto de Vivienda de Tunja por no contestar un derecho de petición que presentó una ciudadana. El Consejo de Estado demostró que la funcionaría sí respondió la reclamación, por lo que revocó la sanción y señaló que el jefe del Ministerio Público no representa una autoridad todo poderosa.
“La procuraduría no es un poder omnímodo, ni una nueva rama pública, como a veces pretende ser” destacó la sentencia del magistrado Gustavo Gómez Aranguren.
El Procurador General, Alejandro Ordoñez fue cuestionado por tratar de dar valor de última instancia o de cosa juzgada a sus medidas disciplinarias.
“No puede atribuirse estas funciones en contra de la Constitución Política que dice defender, porque sencillamente ejerce una vigilancia disciplinaria externa, que es controlada judicialmente” explicó la sentencia.
Para el Consejo de Estado: “Las decisiones de la Procuraduría no tienen fuerza de fallos judiciales, ni se igualan a ellas porque el Ministerio Público no juzga ni sentencia, puesto que no es juez”.
El alto tribunal insistió en que todos los pronunciamientos del Ministerio Público son controlados por el Consejo de Estado y no hay límites para verificar judicialmente los actos de la Procuraduría.
El fallo pidió al Procurador Alejandro Ordoñez, capacitar a sus funcionarios para que enfrenten ese control con seriedad.
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