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Estímulo a la participación política y social en las ciudades.

Comunicado
Por Delegación de Paz de las FARC- EP

La Habana, Cuba, sede de los diálogos de paz, agosto 21 de 2013

Participación política para la democratización real,
la paz con justicia social y la reconciliación nacional




Siete propuestas mínimas de Estímulo a la participación política y social 
en las ciudades.

En desarrollo de las propuestas para la “Participación política para la democratización real, las paz con justicia social y la reconciliación nacional”, se presenta el siguiente conjunto de iniciativas correspondiente al Estímulo a la participación política y social en las ciudades:

1. Diseños institucionales  de participación política y social en las ciudades para el buen vivir y la justicia social urbana.
2. Ordenamiento territorial urbano para promover la democratización y la participación política y social.
3. Garantías y estímulos a la participación política y social en las ciudades.
4. Participación política y social a través de los Consejos Urbanos de Participación.
5. Profundización de la descentralización y la participación política y social en las ciudades.
6. Fondo de compensación para superar las desigualdades sociales, la pobreza, el hambre y la miseria en las ciudades.
7. Medidas extraordinarias para localidades, zonas y barrios marginales en condiciones de pobreza y miseria en la ciudades.

1. Diseños institucionales de participación política y social en las ciudades para el buen vivir y la justicia social urbana.

Se proveerán diseños institucionales que posibiliten una participación política y social orientada a garantizar el buen vivir de la población y la materialización de la justicia social urbana. Garantizar el buen vivir de la población implica proveer la infraestructura y las dotaciones correspondientes para hacer efectivos, en términos reales y materiales, derechos de la población tales como la participación política y social, el trabajo, la educación, la salud, la vivienda, la seguridad social, la cultura, la recreación, el deporte, el agua, el medio ambiente sano, el acceso y disfrute de los servicios públicos, la vías, el transporte público, la seguridad ciudadana, entre otros. La justicia social urbana conlleva el reconocimiento de compensaciones especiales para superar las profundas desigualdades dentro de las ciudades, así como el hambre, la pobreza y la miseria, a través de políticas redistributivas del ingreso y del espacio urbano. 

2. Ordenamiento territorial urbano para promover la democratización y la participación política y social.

Se promoverá un proceso de transformación democrática del espacio urbano. Su apropiación, gestión, simbolización, comunicación, producción y reproducción se fundamentará en la más amplia participación política y social, y estará orientada a la redistribución equitativa del espacio y a la superación de las desigualdades espaciales, en particular a garantizar el pleno derecho a la ciudad, así como a la erradicación de la marginalidad y la segregación urbanas. Los espacios urbanos deberán concebirse como espacios de garantía y disfrute de los derechos políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales de la población, antes que estaciones de la especulación financiera a través del negocio inmobiliario y del endeudamiento de los trabajadores, o de centros de servicios para los flujos del capital transnacional. Los Planes de Ordenamiento Territorial y los Planes Maestros de las ciudades se rediseñarán atendiendo estos criterios. Para tal efecto, se proveerán condiciones especiales y extraordinarias de participación política y social. 

3. Garantías y estímulos a la participación política y social en las ciudades.

Sin perjuicio de la participación en el sistema político y electoral, se garantizará y estimulará la participación social y popular en las ciudades, tanto en lo relacionado con la política nacional, como en los diferentes asuntos de la política pública, incluida la gestión urbana. Para tal efecto, se implementará un programa masivo de formación política y de promoción de la organización ciudadana, que contará con el soporte de las universidades públicas del nivel nacional, departamental o distrital. La formación  política comprende la formación en mecanismos de participación, exigibilidad de derechos, políticas públicas, planeación y presupuesto, técnicas de autogestión y administración comunitaria, entre otros. Se promoverá y apoyará la creación y puesta en marcha de organizaciones y asociaciones comunales, de usuarios de servicios, de consumidores, gremiales, de clubes, de juntas de vecinos, de víctimas del sistema financiero y del despojo de la vivienda, de desempleados, de jóvenes y de mujeres, entre otras. Las organizaciones o asociaciones ya existentes contarán igualmente con los debidos respaldos institucionales. Asimismo se perfeccionarán los mecanismos de participación política tales como consultas populares y referendos, estimulando y promoviendo la iniciativa ciudadana.

4. Participación política y social a través de los Consejos Urbanos de Participación social.

Con el propósito de garantizar la mayor participación política y social en la definición de los asuntos urbanos, en sus aspectos políticos, económicos, sociales ambientales, presupuestales, administrativos y de ordenamiento territorial, se crearán los Consejos Urbanos de Participación Social. Los Consejos Urbanos estarán conformados por representantes de los Consejos Locales de Participación, que deliberarán y decidirán sobre los asuntos de política pública relacionados con el espacio de la localidad. Los Consejos Locales estarán conformados por representantes de los Consejos Comunales o Barriales de Participación que deliberarán y decidirán sobre aspectos de la política relacionados con su espacio comunal o barrial. Los Consejos Comunales o Barriales de Participación estarán conformados por representantes de las organizaciones o asociaciones sociales y populares. Se promoverán igualmente las Asambleas ciudadanas de barrio o localidad y los Cabildos barriales y de localidad que deliberarán y decidirán sobre temas específicos de su respectivo espacio territorial. Los Consejos, en sus diferentes niveles, cumplirán además funciones de veeduría y control ciudadano sobre la ejecución de los planes de desarrollo y los presupuestos públicos. Las labores comunitarias contarán con la requerida asistencia técnica y material. El propósito principal de los Consejos consiste en crear y promover formas de autogobierno en el respectivo espacio territorial.

5. Profundización de la descentralización y la participación política y social en las ciudades.

Se profundizará el proceso de descentralización política y administrativa en los centros urbanos mediante el estímulo a la mayor autonomía y democracia en las localidades y los barrios. Ello supone una redefinición de las competencias y los recursos a transferir en los distintos niveles, con la más amplia participación social y popular. La redefinición de competencias debe orientarse a promover la autogestión y el control de las comunidades en asuntos que afecten de manera directa el buen vivir y sus condiciones de vida, en especial en lo relacionado con los servicios públicos, la seguridad ciudadana, con dotaciones de infraestructura vial y de transporte público, de educación y salud, de espacios de recreación y cultura. La profundización de la descentralización incluye garantizar procesos verdaderamente democráticos y participativos de ordenamiento urbano, de planeación y de elaboración y ejecución presupuestal en todos los niveles. Asimismo, diseñar procesos de contratación pública que privilegien la realización de programas y proyectos de inversión por las propias comunidades urbanas organizadas, o que contribuyan al fortalecimiento de formas o prácticas sociales de producción, distribución y consumo de bienes y servicios basadas en el trabajo asociado, la propiedad colectiva y el reparto igualitario de excedentes, y que sean generadoras de empleo e ingresos dignos. En la profundización del proceso de descentralización, los Consejos Urbanos, los Consejos de Localidad y los Consejos Comunales o Barriales de Participación Social jugarán un papel preponderante; igualmente los Cabildos y las Asambleas de Ciudadanos en los diferentes niveles. Todo ello, sin perjuicio de  los Concejos municipales o de las Juntas Administradoras Locales.

6. Fondo de compensación para superar las desigualdades sociales, la pobreza, el hambre y la miseria en las ciudades.

En el entendido que una de las garantías para la participación política y social consiste en la provisión de las condiciones materiales que la posibiliten, se creará en las grandes ciudades y las ciudades intermedias el “Fondo de compensación para superar la desigualdad, la pobreza, el hambre y la miseria urbanas”.Dicho Fondo se destinará a las localidades, zonas y barrios marginales que registren los mayores índices de pobreza y miseria respecto de la media nacional. El Fondo será concebido sin perjuicio de otros fondos y recursos de financiación de la política social. En su conformación concurrirán recursos del nivel central y recursos propios del nivel departamental y municipal; en especial recursos provenientes del impuesto predial a los estratos 5 y 6 y a los inmuebles comerciales de grandes superficies, de las plusvalías urbanas y de la contratación pública para obras de infraestructura.

7. Medidas extraordinarias para localidades, zonas y barrios marginales en condiciones de pobreza y miseria en las ciudades.

Con miras a superar los problemas de pobreza, hambre y miseria en las localidades, zonas y barrios marginales de las ciudades se emprenderán medidas extraordinarias. Para tal efecto se destinarán recursos provenientes del “Fondo de compensación para superar la desigualdad, la pobreza, el hambre y la miseria urbanas”. Dichas medidas comprenden el inicio inmediato de programas masivos de alimentación para superar la desnutrición y malnutrición infantil y familiar; la generación de empleo e ingresos dignos; programas de reasentamiento urbano para superar la marginalidad y la segregación, incluido el mejoramiento de la calidad de las edificaciones de vivienda; la legalización de predios y barrios, cuando a ello hubiere lugar; la provisión de infraestructura vial, de transporte público, de educación y de salud, de servicios públicos domiciliarios, de conectividad gratuita a internet, de cultura, deporte y recreación; la atención localizada de los derechos a la educación, la salud y la vivienda dignas; la atención a los niños en guarderías y jardines infantiles, y a los adultos mayores y discapacitados en centros especiales, principalmente. La destinación específica de los recursos se definirá con la participación de las comunidades organizadas que habitan. Se promoverán formas de autogestión de los recursos, la contratación y la generación de empleo con las propias comunidades.

DELEGACIÓN DE PAZ DE LAS FARC-EP



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